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VOTO JOVEN: HABILITAR A LOS MENORES NO ES COMPETENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL

El abogado constitucionalista Domingo Rondina sostiene que esta resolución la debe tomar y aprobar la Legislatura.


El Tribunal Electoral, por resolución determinó que los jóvenes de 16 y 17 años puedan votar en los comicios provinciales además de los nacionales.

Domingo Rondina, abogado constitucionalista en diálogo con radio UNO, criticó la manera en que se autorizó el "voto joven", sostuvo que la decisión del organismo administrativo es un " abuso de poder".

Rondina se mostró a favor de la incorporación de las personas de 16 y 17 años al padrón: "Creo que están en condiciones de votar, así como votan en las nacionales tienen que poder votar en las provinciales. Yo trabajé en todos los proyectos que se presentaron en la Legislatura para que se los habilite, ya que en Santa Fe tenemos el problema que la constitución provincial expresamente dice que recién se puede votar a los 18 años. La mayoría de los constitucionalistas y legisladores consideran que hay que esperar una reforma constitucional para que puedan votar los menores"

"Siempre dije que esto no es necesario, con una ley de la Legislatura hecha con consenso y aprobada por todos los partidos y promulgada por el gobernador se puede superar el límite constitucional y así autorizar el "voto joven", puntualizó el constitucionalista y agregó, "No puedo admitir por coherencia y responsabilidad con los partidos políticos, que esa declaración de inconstitucionalidad la haga un organismo administrativo como el Tribunal Electoral. Lo malo es que el proceso electoral está muy avanzado, ya pasó la etapa de observaciones, las tachas, la de impugnaciones de residencia, este acto agrega casi 80000 votantes más a un padrón que ya está cerrado. Esto contempla una ruptura de las reglas de estabilidad del proceso electoral, apuntó.

Rondina, añadiendo más datos a esta cuestión siguió diciendo: "En mayo de 2021 Jorge Barraguirre emitió un dictamen diciendo que " el Tribunal Electoral no es competente para habilitar a los menores, es la Legislatura quien tiene la palabra por decir". El Tribunal rechazó este planteo de Giustiniani y Donnet expresándose: "No, no podemos habilitar lo que la constitución no permite, vayan a la Legislatura". Parece que tanto Barraguirre y el Tribunal resetearon sus memorias, se olvidaron de todo y dicen que "si" cuando antes dijeron que "no".

"¿Quién les dio autoridad democrática a los tres jueces temporales del Tribunal Electoral ya que no son permanentes, cambian cada año, y al procurador, quién nadie votó, ¿quién le dio autorización para cambiar las reglas electorales de la provincia que estableció en su Constitución. Esto es claramente un abuso de poder", finalizó el constitucionalista.

Sin embargo, queda una instancia por la que algún frente político pueda hacer una impugnación. De ser así le corresponderá a la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe resolver el caso.

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