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LOS JÓVENES DE 16 Y 17 AÑOS ESTARÁN INCLUIDOS EN LE PADRÓN SANTAFESINO

El Tribunal Electoral es el organismo que dictaminó el voto joven y ordenó la inclusión de los adolescentes en el padrón electoral. Será la Corte Suprema de Justicia quien atenderá el pedido de avocamiento.

Domingo Rondina perteneciente al partido PAÍS, impulsó una acción judicial solicitando el avocamiento a la Corte Suprema de Justicia, para que tome la causa y se expida el tema del "VOTO JOVEN" para saber si los jóvenes de 16 y 17 años podrán o no votar en las próximas elecciones.

Las autoridades provinciales ordenaron incluir a los adolescentes en el padrón electoral, sin saber aun si estos podrán participar efectivamente de los comicios de julio.

En este momento, más allá de todos los planteos presentados, el único organismo que se expidió sobre este tema es el Tribunal Electoral de la provincia atendiendo al pedido de los Diputados Giustiniani y Donnet para habilitar el "voto joven" en Santa Fe. Daniel Erbeta, presidente del Tribunal, mencionó que no hay otra resolución más que la de este organismo, pero si la Corte se expidiera diciendo lo contrario, hay maneras de ajustar operativamente los padrones.

¿Como se llegó a esta instancia?

El constitucionalista Rondina presentó ante el Tribunal un pedido de revisión y consideración a la presentación de los diputados Giustiniani y Donnet ante el mismo organismo y también uno de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema. En su argumento citó que no se puede alterar por resolución de un organismo administrativo el texto de la constitución, ni alterar las reglas de juego en pleno proceso electoral.

Ayer lunes, Rondina volvió a la Corte con su pedido de avocamiento ya que entiende que el tribunal está dilatando los tiempos creando una gravísima situación de no resolución, creando incertidumbre sobre los partidos políticos y electores, enrareciendo el clima electoral.

Rondina planteó que a partir de la resolución del Tribunal, se creó en Santa Fe una lucha de poderes, escenario que podría evitarse a tiempo si la Corte Suprema se avoque al conocimiento y resolución de la cuestión.

La atención puesta en el aspecto inconstitucional de la medida, Rondina dijo que estamos en momento de enorme gravedad inconstitucional porque se rompen principios y procedimientos constitucionales en aras de intereses personales. Pasa por encima de la constitución santafesina, es la legislatura quien establece la legislación electoral, y el poder judicial el único que puede decir si es aplicable una norma o no en el contexto de un proceso contencioso.

Finalmente, Rondina expresó que si el mecanismo contra constitucional del Tribunal es avalado, estaremos en presencia de un sistema paralelo de interpretación, con el cual el dialogo institucional ya no será necesario, puntualizó.


 

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